La mejor forma de reclamar a Iberia

CONOCE LAS CONDICIONES DE LA AEROLÍNEA EN CASO DE CANCELACIÓN
La mejor forma de reclamar a Iberia

Las vacaciones son sinónimo de diversión, desconexión y descanso, pero a veces, también pueden convertirse en una verdadera pesadilla cuando las compañías aéreas cancelan el vuelo o este sufre retrasos inesperados. Iberia, por ejemplo, está entre las diez compañías mundiales que más cancelaciones lleva a cabo, de ahí que sea imprescindible conocer bien sus políticas de cancelación para poder reclamar llegado el momento.

Según la propia web de la compañía, el Reglamento (CE) n° 261/2004 del Parlamento Europeo se aplica a los pasajeros que tengan una reserva confirmada y se presenten a la facturación a la hora indicada. En caso de no especificarse una hora concreta han de estar como mínimo cuarenta y cinco minutos antes de la hora de salida. Si se cumple este requisito se podrá acudir a Iberia reclamaciones para solicitar la indemnización o reembolso correspondiente.

Eso sí, dicho reglamento aplica a pasajeros que vuelen desde un aeropuerto situado en territorio de la UE, o que saliendo de un tercer país regresen a la UE. Además, en Iberia se da prioridad a las personas con movilidad reducida, sus acompañantes y a los menores no acompañados. Ahora bien, puede ocurrir que un pasajero no embarque porque se le haya denegado el embarque a este en particular o a un grupo de pasajeros.

Cuándo se puede denegar el embarque

Existen varios escenarios en los que las compañías aéreas, y en este caso Iberia, puede denegar el embarque a uno o más pasajeros. Estos supuestos son los siguientes:

Overbooking

Esta situación suele darse de manera más habitual de la que se podría pensar, sobre todo en verano. Esto sucede cuando las compañías venden más plazas de las reales. En este caso, las compañías piden voluntarios para que cedan su plaza a cambio de una indemnización y determinadas atenciones. Si nadie se presentara voluntario, la compañía puede denegar el embarque por la fuerza a ciertos pasajeros indemnizándolos.

Peligrosidad

Puede ocurrir que el equipaje de un pasajero pueda poner en peligro la seguridad o la integridad de otros pasajeros, la tripulación o la propia aeronave. En ese caso se podrá denegar el embarque sin derecho a indemnización. Lo mismo ocurre cuando un pasajero se muestra agresivo o irrespetuoso con el personal de tierra y/o la tripulación.

También podría ocurrir que el estado físico o mental de un pasajero suponga un riesgo o peligro para él mismo, la tripulación u otros pasajeros. En ese caso también se puede denegar el embarque. Otro supuesto es cuando un pasajero haya mostrado agresividad durante el check-in o durante un vuelo anterior y haya indicios de que se va a repetir su comportamiento.

Si el pasajero se negara a acreditar debidamente su identidad o a someterse a los controles de seguridad, también se le denegará el embarque de forma automática y sin que tenga derecho a pedir indemnización. Lo mismo ocurre con otros supuestos en los que se ponga en peligro la seguridad del resto de pasajeros o la aeronave, ya sea por parte de un solo pasajero o un grupo de estos.

No obstante, cuando se produce una denegación de embarque por causas debidas a la compañía y no a los pasajeros, Iberia recoge en su página web una serie de indemnización que dependen de la distancia de los vuelos.

Indemnizaciones por denegación de embarque

Si Iberia deniega el embarque a un pasajero o grupo de pasajeros por motivos debidos a la compañía, debe indemnizarles con cierta cantidad de dinero en función del trayecto. Dicha indemnización se podrá abonar por transferencia bancaria, cheque, en metálico o, previo acuerdo con el pasajero, en bonos de viaje u otros servicios. Las cantidades a abonar son las siguientes:

  • Vuelos de menos de 1.500 km 250 EUR
  • Vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y menos de 3.500 km 400 EUR
  • Resto de vuelos 600 EUR

Además, los pasajeros a los que se les haya denegado el embarque por causas debidas a la compañía, también tienen derecho a asistencia, la cual puede ser, bien la conducción a su destino final lo antes posible o bien reembolso en un plazo de siete días. Además, recibirá gratuitamente todo lo necesario para cubrir el tiempo de espera como:

  • Comida y bebida suficiente
  • Dos llamadas telefónicas, o dos mensajes de fax, o dos correos electrónicos
  • Alojamiento y transporte de ida y vuelta entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento cuando proceda

Por otro lado, si lo que sucede no es una denegación de embarque sino una cancelación del vuelo, los pasajeros que viajen con Iberia deben saber que pueden poner una reclamación para acceder a las posibles indemnizaciones por cancelación que la compañía tiene previsto según el Reglamento citado anteriormente y que afecta a quienes tengan una reserva de plaza confirmada para un vuelo. Para dichas reclamaciones lo mejor es dirigirse al mostrador de la propia compañía en el mismo aeropuerto.

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